Dr. Saré, abogado de los despedidos
Escribe: Adolfo Fernández Saré
Fecha: 12-09-2024
El caso de los trabajadores despedidos del Congreso por la dictadura fujimorista en 1992 y que retornaron por sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos del año 2011.
MI TESTIMONIO
En esta apretada síntesis, quiero dejar mi testimonio como abogado y autor intelectual y material de todo este proceso judicial que se inició ante el 28º Juzgado Civil de Lima en 1995 y que aún no concluye en la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. Ello, me permitió ser el titular de la denuncia contra el Estado peruano ante la Justicia Nacional e Internacional para defender a mis 257 compañeros despedidos ilegalmente por la dictadura fujimorista en 1992. Previamente, debo decir que trabajé en el Ministerio Público-Fiscalía de la Nación entre 1981 y 1987. Luego, fui reasignado a la Dirección de Comisiones de la Cámara de Diputados, desde el 01 de noviembre de 1987 hasta el 05 de abril de 1992, fecha en que fuimos despedidos del Congreso como consecuencia del golpe de Estado del fujimorismo mediante la Resolución 1303-A-92-CACL, contra quienes no nos sometimos al proceso de renuncia voluntaria con incentivos económicos ni a los exámenes de evaluación; y, por la Resolución 1303-B-92-CACL, que despidió a los trabajadores que se sometieron a los exámenes de evaluación; ambas, publicadas en el Diario Oficial El Peruano del 31 de diciembre de 1992, que afectaron a 1,117 trabajadores entre la Cámara de Senadores y Cámara de Diputados de entonces.

Autogolpe de presidente Alberto Fujimori con soldados y tanques cerró el Parlamento Nacional y demás poderes del Estado. Foto: Facebook.
A partir del 05 de abril de 1992, empecé una lucha para reivindicar nuestros derechos laborales conculcados por el fujimorato. Para ello, tuve que agotar la vía administrativa porque así lo exigía la Ley 23506 sobre Acción de Amparo y Habeas Corpus. Dicho proceso, concluyó en enero de 1995. Sin embargo, en dicho año ningún juzgado civil nos quiso recibir la Acción de Amparo contra el Congreso debido a que la dictadura fujimorista controlaba el Poder Judicial. Testigos de ello, son los servidores Manuel Carranza Rodríguez y Henry Camargo Matencio, quienes me acompañaban desde muy temprano y durante varias semanas a los juzgados civiles, cargando dos expedientes para presentarlos con 6,984 folios cada uno, hasta que se cansaron y me dejaron solo en esa lucha para poder presentarlo.
El 02 de marzo de 1995, luego de una discusión acalorada que tuve con un juez fujimorista que luego fue destituido por corrupto, no se me pudo desalojar en forma violenta del cuarto piso de las instalaciones del Poder Judicial ubicado en la Av. Arequipa del distrito de San Isidro, a donde llegué cansado por el peso que tenían los dos expedientes de nuestra demanda. Como resultado de ello, de cólera e impotencia se me cayeron las lágrimas y me quedé sentado abrazado a los expedientes en un escritorio de dicho edificio, hasta que una señora se me acercó y me preguntó por la discusión que tuve con el referido juez. Luego, me dijo que tenía una persona conocida en el 28º Juzgado Civil de Lima y que a las dos de la tarde luego del refrigerio me recibirían la demanda y así sucedió, después estar por casi dos meses tratando de que se nos reciba nuestra demanda. Prueba de ello, es que la fecha que figura en la demanda es del 10 de enero de 1995. Sin embargo, fue recibida el 02 de marzo del mismo año. Por ello, el Procurador del Congreso solicitaba que no se admita la misma por cuanto ya habían vencido los 60 días del plazo de ley para presentar una Acción de Amparo.
Posteriormente, en los primeros días del mes de abril de 1995, dicho juzgado me citó para una audiencia con el Procurador del Congreso y grande fue mi sorpresa ver que la jueza era la señora que había hecho posible que me reciban nuestra demanda de Acción de Amparo, doctora Sara Taipe Chávez, quien dispuso la actuación de una serie de pruebas entre dicho procurador y el suscrito para poder sanear el proceso. Luego, el 28 de mayo de 1995, la doctora Taipe me solicitó la relación en orden alfabético de los 234 trabajadores que formaron parte de la demanda, que fue remitida por el suscrito el 07 de junio de 1995, con la firma del abogado José Antonio Peláez Bardales, con quien trabajé como su secretario desde 1981 en la 12º Fiscalía Provincial Penal de Lima, donde se desempeñaba como fiscal titular, a cuyo cargo y con mucha dignidad profesional renunció el mismo 05 de abril de 1992, cuando Fujimori como consecuencia del golpe de Estado dispuso la destitución del Presidente del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Contralor General de la República y otros funcionarios públicos autónomos. El año 2000, tras la caída de la dictadura y al reincorporarse el doctor Peláez como Fiscal Supremo por mandato de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, logró que a Fujimori se le condenara a 25 años de prisión efectiva. Ello, lo catapultó a Fiscal de la Nación. Para él, mi agradecimiento personal y que Dios lo tenga en su gloria. Falleció, el 05 de febrero del 2024.

Valiente jueza Sara Taipe Chávez sentó precedente «la justicia no se casa con nadie» al admitir la acción de amparo a favor de los despedidos del Congreso en plena dictadura de Fujimori. Foto: Facebook.
El 26 de junio de 1995, el 28º Juzgado Civil de Lima a cargo de la doctora Sara Taipe, mediante la Resolución Catorce dispuso la reposición de los 234 trabajadores al Congreso, la misma, que fue apelada por el Congreso y subió para conocimiento de la Quinta Sala Civil de Lima, que mediante Resolución del 21 de febrero de 1996, revocó la orden de nuestra reposición y declaró improcedente nuestra Acción de Amparo, donde habían ingresado como litisconsortes 23 trabajadores gracias a la gestión del abogado Jorge Oré León, quien para ello contó con mi autorización y a quienes en su oportunidad defendí frente al Procurador del Congreso.Paralelamente, la doctora Sara Taipe fue destituida del Poder Judicial y se quedó sin trabajo por amparar nuestra causa. Ella, al igual que el doctor Peláez retornó al Poder Judicial como jueza superior por mandato de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. Al poco tiempo, renunció y hoy trabaja en la UNESCO de las Naciones Unidas. Para la doctora Taipe, también mi agradecimiento personal y que Dios la siga bendiciendo junto a toda su familia.
El 11 de abril del 1996, presenté un Recurso de Casación ante la Corte Suprema de la República, que derivó nuestro caso al entonces recién creado Tribunal de Garantías Constitucionales, que confirmó la resolución de la Quinta Sala Civil de Lima, mediante resolución publicada en el Diario Oficial El Peruano del 12 de enero de 1998, luego de que el Congreso fujimorista el 28 de mayo de 1997, destituyera a los magistrados del Tribunal Constitucional Manuel Aguirre Roca, Guillermo Rey Terry y Delia Revoredo de Mur, quienes vieron nuestro caso por primera vez el 22 de octubre de 1996, donde nuestro abogado defensor fue el doctor Alberto Borea Odría, actual magistrado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. Para él, también mi agradecimiento personal y que Dios lo siga bendiciendo junto a toda su familia.
El 23 de octubre de 1997, a solicitud del procurador del Congreso, el Tribunal Constitucional vio por segunda vez nuestro caso; y, el 23 de noviembre de 1997, revisó el mismo por tercera vez. Ante esos hechos irregulares, el 18 de octubre de 1997, tuve que solicitar Medidas Cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Posteriormente, al publicarse la sentencia del Tribunal Constitucional con solo cuatro de siete votos, presenté ante la CIDH la denuncia formal contra el Estado peruano, el 26 de marzo de 1998. Luego, la CIDH mediante el Informe Nº 52/00 del 15 de junio del 2000, recomendó una Solución Amistosa y las partes se reunieron pero nunca llegaron a ningún acuerdo, debido a que el Estado peruano dijo que no estaba interesado en seguir con el tema y pedía que el caso se archive mediante su escrito del 13 de octubre del 2000. Entonces, solicité que la CIDH denuncie nuestro caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). Posteriormente, la CIDH aprobó el Informe de Fondo Nº 78/04 del 19 de octubre del 2004, en el que concluyó que el Estado peruano violó los Artículos 8.1 y 25.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

Justicia Internacional: Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en San José de Costa Rica. Foto: Facebook.
El 04 de febrero de 2005, la CIDH denunció nuestro caso ante la Corte IDH, que dictó la sentencia a nuestro favor el 24 de noviembre del 2006, recomendando la creación de una Comisión Especial para que revise nuestro caso y dicte las reparaciones vinculantes conforme a ley. Dicha Comisión, fue presidida por el doctor Carlos Blancas Bustamante, que dictó su Resolución Final el 14 de diciembre del 2010, al amparo de la cual recurrí al 25° Juzgado Civil de Lima, para solicitar la reposición laboral de los 257 trabajadores mediante una Medida Cautelar, que se dictó en nuestro favor el 06 de mayo del 2011. Ese día, para ejecutar nuestra reposición estuvimos en dicho juzgado Carlos La Cruz Crespo, Ronald Revelo Infante, Víctor Ampuero Ampuero, Ricardo Hernández Fernández, Jorge Oré León, Jorge Pacheco Munayco, Henry Camargo Matencio, Manuel Carranza Rodríguez, Daysi Cornelio Figueroa y su esposo el ingeniero Arturo Cabanillas Toro, quien sufragó todos los gastos económicos de nuestra demanda ante la Comisión y la Corte Interamericana, así como de nuestra reposición; y, el suscrito, hasta que apareció la representante del juez, la doctora Isabel Sabina García Zamora, a quien no había conocido personalmente hasta entonces pero preguntó por este servidor. Al presentarme, ella les dijo a los demás que la esperen en el Congreso porque solo conmigo tendría que arreglar los pormenores de nuestra reposición al Congreso. Luego, me informó que había preguntado por mí por expresa recomendación de su maestro el doctor Raúl Taipe, un amigo y vecino nuestro del distrito de Comas, que trabaja más de 40 años en el Poder Judicial y con quien había estudiado paralelamente primaria, secundaria y en la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Federico Villarreal. Ese día, la doctora Isabel García nos dejó trabajando en el Congreso.
Nota de redacción: Ayer, 11 de setiembre, falleció el expresidente Alberto Fujimori, paradójicamente el mismo día y hace tres años del deceso del líder de la organización terrorista Sendero Luminoso, Abimael Guzmán Reynoso. Meses antes, Fujimori había sido indultado cuando cumplía una sentencia de 25 años de cárcel como autor mediato por delitos de lesa humanidad en los casos La Cantuta y Barrios Altos.